En el manejo y conservación de los Recursos Naturales y el Medio
Ambiente cabe destacar el impacto ambiental que se genera ante el
hecho de hacer producir la tierra por parte de los
campesinos latinoamericanos que
han
copiado modelos europeos o norteamericanos, que han demostrado en la práctica
que agotan definitivamente los recursos y generan desequilibrios de
tal
envergadura que
hasta la
vida humana se
ve amenazada, pues, es la agricultura la mayor causante
y deforestadora de cualesquiera de las
actividades humanas.
La producción agropecuaria sigue siendo parte del renglón productor de materias primas y
alimentos en el mundo,
base de la economía del país y sustento directo de las familias. En el afán
de producir más y más alimentos se
desarrollan prácticas agrícolas y pecuarias que causan un impacto negativo sobre los
Recursos naturales como el agua, el suelo, la flora ante la destrucción del bosque primitivo para el establecimiento de
cultivos y praderas, la fauna
que
entra en peligro
de extinción por la
disminución
o
pérdida de sus hábitats
naturales
agravada aún
más esta
situación con el tráfico de
especies o la cacería como
práctica tradicional de
muchos pobladores
que
se han dedicado a esta actividad ilícita. El hombre hace uso de los recursos naturales y no
siempre
está utilizando tecnologías apropiadas que
reduzcan el índice de
deterioro y contaminación
del ambiente y los
recursos naturales. La zona cafetera
no es
ajena a
estas prácticas y actividades desarrolladas en los cultivos de café, cítricos y frutales o el establecimiento de la
ganadería. En todas estas actividades se
generan desechos como los residuos de
cosecha, la pulpa de café, los residuos líquidos y sólidos
de las viviendas, los agroquímicos como insecticidas,
fungicidas, herbicidas utilizados en el control
de plagas y enfermedades de los cultivos, el uso de la
bolsa plástica
en
el cultivo del plátano la cuál puede
contaminar los suelos, las fuentes hídricas o impedir
el
normal desarrollo de otros cultivos en la asimilación de
los
nutrientes de las plantas,
además, la
extracción de maderas de
aserrío y de
guadua de manera irracional trayendo como
consecuencia la pérdida de la diversidad biológica, la disminución de los caudales de
fuentes hídricas
y por lo tanto la escasez de este vital líquido necesario para toda forma de vida.
Es fundamental hacer un recuento a
cerca de la importancia
de la protección de
las micro cuencas, cuencas hidrográficas y los recursos naturales que hacen parte de la
mismas para su
aprovechamiento y conservación por parte de las
comunidades que las utilizan y habitan.
Cuencas Hidrográficas: Las Cuencas Hidrográficas son áreas naturales donde se
depositan y corren
tanto las aguas lluvias como las aguas procedentes de nevados que van hacia un desagüe principal
el
cual funciona como eje de la región. El conjunto de cuencas se denomina Hoya o Cuenca
Principal y el
conjunto
de Cuencas Principales se denomina Vertiente. Además
de la hoya o vertiente
receptora,
forman parte
de la Cuenca
Receptora
los
valles,
mesetas y montañas afectadas por la escorrentía que alimenta los drenajes
principales.
Conservación
de Cuenca Hidrográficas: El
manejo apropiado
de una Cuenca debe
conducir a mantener los suelos indefinidamente productivos, conservando la cantidad y calidad del agua con la mayor pureza posible. Conseguir el objetivo mencionado significa ejercer control sobre las áreas
destinadas a
cultivos agrícolas, actividades pecuarias, bosques o praderas o planificar un manejo
correcto del agua.
El manejo
inadecuado de la tierra, las malas prácticas agrícolas y el pastoreo excesivo en la
cuenca alta aumentan los riesgos de
inundaciones y deslizamientos de
tierra e
intensifican el efecto de las
sequías, así como la reducción de
la capacidad generadora hidroeléctrica y los daños a
los ecosistemas
costeros.
Para mantener
las cuencas altas se
requiere poner
en
práctica algunas medidas de
conservación, como:
La silvicultura sostenible ( tenencia de la tierra, tenencia de árboles).
Los sistemas agroforestales ( la siembra de cultivos perennes, cafetales de sombra, productos madereros certificados, agricultura orgánica, la reforestación).
Las prácticas de Conservación de suelos y
agua ( terrazas de rocas, barreras
vivas, cubierta
orgánica, cultivos en contorno).
La repoblación de los cauces y nacimientos de agua
con
especies propias de la
región y que
su finalidad sea
la protección de
los
mismos. Dentro de las especies protectoras de fuentes de agua propias de la región cafetera pueden mencionarse las siguientes: El arboloco, la guadua, el anisillo, platanilla,
pringamosa,
botón de
oro, yarumo, rascadera,
bore, quiebrabarrigo,
sauce, beso, guineo, heliconias, guacamayo, guayacán, entre
otras.
Un diagnóstico ambiental desarrollado con
estudiantes de la posprimaria Soria de
los
grados Sexto a Noveno en donde también participen los
padres de familia y demás beneficiarios del acueducto veredal, podrá suministrar una información clara, precisa y oportuna sobre
el
Estado de los Recursos Naturales, en especial, el agua como
fuente de vida de la población.
En este
proceso
investigativo se tendrá en
cuenta el
uso de las tics
utilizando instrumentos tecnológicos como las cámaras fotográficas, filmadoras, celulares, en las salidas de campo para
la toma de registros, fotografías, encuesta diagnóstica aplicada a todos los usuarios del acueducto, en la recolección de
información, la utilización del aula
virtual para la
elaboración del blog como
herramienta fundamental de recolección y difusión de la información, la sistematización, capacitación y socialización de
resultados de la
investigación a toda la comunidad beneficiaria y a
las entidades de apoyo para
finalmente lograr
la formulación y ejecución de un proyecto de
mejoramiento ambiental de la micro cuenca de Soria.
LEY 99 DEL 22 DICIEMBRE DE 1993:
Con
esta ley se
crea el
MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE,
se reordena
el Sector Público
encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos
naturales renovables, se
organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA y se dictan otras
disposiciones.
El Ministerio del Medio Ambiente es la máxima autoridad ambiental, formula la política nacional
en relación con
el ambiente, establece reglas y criterios
para
el ordenamiento
ambiental, determina las
normas mínimas y de carácter
general sobre el
medio
ambiente, define instrumentos administrativos
y
mecanismos necesarios para la prevención
y
control de
los factores
de
deterioro ambiental.
La política ambiental colombiana seguirá los
siguientes principios
generales:
El proceso de desarrollo económico y social del país se
orientará
según los principios universales y del desarrollo sostenible
contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de junio de
1992
sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.
Las políticas de población
tendrán
en cuenta
el derecho
de
los seres humanos a una
vida saludable y productiva en armon
nacimientos
de agua y las zonas de recarga de acuíferos
serán objeto de protección especial.
En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier
otro uso. La formulación de las políticas ambientales tendrán en cuenta el resultado del proceso de investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme
al
cual, cuando exista
peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar
la
adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.
El Estado
fomentará la
incorporación de
los
costos ambientales y el uso de
instrumentos económicos para la
prevención, corrección
y
restauración del
deterioro ambiental
y
para
la conservación
de los recursos naturales renovables. El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido.
La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento. La acción para la
protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta y coordinada entre el
Estado, la
comunidad,
las organizaciones
no
gubernamentales y el
sector privado.
El Estado
apoyará e incentivará la conformación de organismos no gubernamentales para la protección
ambiental y podrá
delegar
en
ellos algunas de
sus
funciones. Los estudios de
impacto ambiental
serán el instrumento básico para
la toma
de decisiones respecto a
la construcción de
obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente
natural o artificial. Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental -SINA-
cuyos componentes y su
interrelación definen
los mecanismos de actuación del
Estado y la
sociedad civil. El
manejo
ambiental del
país, conforme a la Constitución Nacional, será descentralizado, democrático y
participativo
. Las instituciones ambientales del
Estado
se estructurarán
teniendo como base criterios
de manejo integral
del medio ambiente y su interrelación con
los procesos de planificación económica, social y física.
Son otro componente importante
de la
nueva organización institucional, actúan como la máxima autoridad ambiental en su respectiva jurisdicción, (sin las funciones de planificación física y desarrollo regional que en ocasiones interfieran con su actividad de
preservación y recuperación
ambiental).
A grandes rasgos, los
campos en los cuales se enmarcan sus funciones
son:
La ejecución de planes, proyectos y programas de desarrollo sostenible relacionados con el medio
ambiente. Tienen una serie de funciones policivas. Imposiciones y Sanciones. Servidumbres. Expedición de permisos. Asistirán técnicamente a los entes territoriales y
a los usuarios en aspectos relacionados con planificación, medio ambiente, educación ambiental, prevención de
desastres y adecuación de tierras.
Realizan evaluación, seguimiento y control de actividades de exploración, explotación, transporte, uso de
los
recursos no renovables y todas las actividades que
generen deterioro ambiental.
CÓDIGO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y DEL MEDIO AMBIENTE:
Dictado mediante el decreto 2811 de 1974, trata
lo
relativo a la
política ambiental, normas de preservación
ambiental,
propiedad, uso
e
influencia
de los
recursos
naturales
renovables,
establece
las normas generales relativas al agua, atmósfera, espacio aéreo, recursos energéticos
primarios, recursos
geotérmicos, flora, fauna, paisajes
y recursos
hidrobiológicos.
El código ha sido reglamentado parcialmente mediante decretos
referidos a los siguientes
temas:
Obligaciones de los propietarios ribereños
en relación con la conservación de aguas, bosques,
suelos y demás recursos naturales renovables. Normas generales del recurso agua, control de
calidad de
agua
y sus vertimientos.
Ordenación de
Cuencas Hidrográficas y prioridades para
el
uso del recurso forestal.
Enlaces Externos
Decreto 2811 de
1974.(n.f.). Recuperado el 5 Julio de 2013, de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/decreto/1974/decreto_2811_1974.html
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